Quisiera contribuir a esta
Enviado por Charles Kenney (no verificado) el
Es común que en nuestro país las comunidades religiosas pretendan intervenir en el desarrollo de las políticas públicas. Sus líderes intentan justificar su acción aduciendo que estas iglesias representan el punto de vista de millones de peruanos. En ciertas ocasiones, exhiben su importante nivel de convocatoria con marchas y eventos en los que formulan sus juicios sobre la materia ante sus fieles. Esta clase de situaciones de conflicto nos lleva a preguntarnos cuál habría de ser el lugar de las religiones y sus instituciones en una sociedad democrática.
Las sociedades liberales suelen erigir Estados laicos o aconfesionales. Se trata de sistemas legales y políticos que no cuentan con una “religión oficial”, sino que se comprometen a proteger rigurosamente la libertad y el derecho de los ciudadanos a creer y a no creer, a ingresar en iglesias o a abandonar las comunidades religiosas o cosmovisionales de acuerdo con los dictámenes de su conciencia. Estas sociedades reconocen una clara frontera institucional entre los fueros del Estado y los de las iglesias. La política pública no debe ser diseñada a partir de las canteras doctrinales de un credo en particular, dado que el Estado democrático actúa en conformidad con la satisfacción de los derechos y las oportunidades de cada persona, y no privilegia exclusivamente las expectativas de un grupo social, aunque éste sea mayoritario. Atender de manera prioritaria a la voz de un colectivo confesional puntual implicaría discriminar a los demás.
Los conservadores religiosos sostienen que esta defensa de la laicidad constituye una invitación a una suerte de rechazo de lo espiritual en la vida social, una especie de institucionalización del desplazamiento de la esfera de la fe hacia lo meramente individual. Esa suposición es falsa. El tema espiritual no es estrictamente “privado”; es un asunto específicamente social. Cuando se señala que el Estado democrático debe garantizar las libertades de creencia religiosa y de visión del mundo - en tanto se declara ‘neutral’ en términos doctrinales - no se está pretendiendo acallar la voz de las religiones y las visiones del mundo en materia de justicia. Se sostiene acertadamente que el lugar de la creencia religiosa y de visión del mundo es la sociedad civil, los espacios de deliberación y formación de juicio común en materia de construcción de saber, el discernimiento del sentido de la vida, el mundo del trabajo, etc.
Las Universidades, los colegios profesionales, los sindicatos, las organizaciones no gubernamentales, las iglesias, son instituciones que pertenecen a este ámbito social. Es perfectamente posible que desde estas organizaciones se construyan argumentos, o se reivindiquen derechos y libertades que puedan ser recogidos por la instancia política, en la medida en que se formulen en el registro del lenguaje de la razón pública, el léxico de una cultura política que involucra a todos los ciudadanos que actúan y reflexionan al interior de una comunidad democrática, simétrica e inclusiva. Es precisamente lo que hizo Martin Luther King Jr. en los Estados Unidos en el contexto de la lucha por los derechos civiles de los afroamericanos en los años sesenta: su mensaje planteó una serie de exigencias de justicia básica y florecimiento humano que se nutrían de una fuente bíblica – los libros proféticos, el propio Evangelio -, pero que asumían estrictamente el lenguaje cívico de la igualdad y la libertad universales, presente en la carta constitucional, en la cultura de los derechos humanos y en el legado ético – político de las democracias. Este mensaje inclusivo convocaba a todos los ciudadanos, no solamente a los creyentes.
En el Perú, la afirmación del Estado democrático como laico es aún una tarea inacabada. Se defiende con frecuencia la neutralidad estatal en materia religiosa y de visión del mundo, pero se mantienen prácticas que son expresamente incompatibles con este principio, como establecer que en el plan de estudios de las escuelas públicas se dicte en curso de religión planteado en términos de difusión de un credo particular, o permitir que las festividades nacionales incluyan (en un nivel institucional) la celebración de un ritual religioso puntual, como la célebre Misa y Te Deum. El discurso del reconocimiento de “instituciones tutelares” de la patria – Fuerza Armada e Iglesia Católica – forma parte todavía – lamentablemente – del imaginario implícito de buena parte de nuestros “sectores dirigentes”, a pesar de ser expresión de un sistema ideológico autoritario, completamente incompatible con el ethos democrático, basado en la idea de la autonomía de los ciudadanos. Se trata de un discurso reaccionario, que alimenta la exclusión social y política en un país de instituciones frágiles. Necesitamos examinar rigurosamente las diversas aristas nuestra cultura política ordinaria, para construir una genuina ética cívica, fundada en el irrestricto derecho al autogobierno. Se trata de un aspecto fundamental del proceso mismo de edificación estricta de una auténtica democracia liberal.
Enviado por Charles Kenney (no verificado) el
Quisiera contribuir a esta discusión dos puntos, ambos tomados del trabajo de Alfred Stepan, "La religión, la democracia, y las tolerancias mellizas," Journal of Democracy, 11(4) 2000, pp. 37-57.
Primero: en teoría, lo que la democracia (comprendida como poliarquía) requiere son dos especies de tolerancia. Desde el lado de la religión, se tiene que tolerar que los oficiales elegidos democráticamente formúlen y pongan en práctica políticas públicas sin que ningún líder u organización religiosa tenga el derecho constitucional de imponer políticas públicas. Desde el lado de la política, se tiene que tolerar que los individuos y las organizaciones religiosas tengan el derecho de celebrar sus creencias en privado y en público, que tengan el derecho de expresarse libremente y que tengan el derecho de organizarse en el espacio público para influir en el proceso político, como cualquier otra asociación.
Segundo: empíricamente, para cumplir con las tolerancias mellizas, no es necesaria una separación de estado/iglesia rígida, completa, ni hostíl. Cuando Stepan escribió su artículo en el 2000, notó que en 1990, cinco de los entonces quince miembros de la Unión Europea tenían iglesias oficiales del estado: Dinamarca, Finlandia, Grecia, Suecia y el Reino Unido. Todas las democracias de Europa occidental que tenían mayorías luteranas fuertes (Suecia, Dinamarca, Islandia, Finlandia y Noruega) tenían iglesias oficiales del estado. En los Paises Bajos, se permitía que los colegios locales, donde hubiera mayoría clara de católicos o de calvinistas, sean privadas, confesionales y que reciban apoyo estatal. En varios paises de europa se ha utlizado el sistema de recaudación de impuestos para recaudar a la vez las limosnas para las iglesias. Y en Francia el gobierno ha pagado buena parte del sistema educativo católico desde 1958. Estos paises eran y son democracias, pero no tenían una separación de estado/iglesia fuerte al estilo estadounidense. Empíricamente visto, la democracia es compatible con una variedad de relaciones entre organizaciones religiosas y el estado con tal de cumplir con las "tolerancias mellizas" introducidas arriba.
Termino con la aclaración con que comencé: ninguno de estos puntos es algo propio de mí; todo lo de arriba ha sido tomado directamente de Stepan. Su argumento es presentado en forma más desarrollada en el capítulo "The World's Religious Systems and Democracy: Crafting the 'Twin Tolerations," en Stepan, Alfred, Arguing Comparative Politics, Oxford University Press, 2001, pp. 213-253.