El ejercicio de la memoria

Hace algunos días llegó a mis manos el proyecto de Ley del Presidente Ollanta Humana por medio del cual propone la introducción de una reforma al artículo 316-A del Código Penal peruano, correspondiente a la figura del negacionismo de los delitos del terrorismo. La propuesta dispone rigurosas penas para quienes públicamente aprueben, justifique, nieguen o minimicen los delitos cometidos por integrantes de organizaciones terroristas.
En primer lugar, antes de continuar con mi artículo y para evitar cualquier tipo de suspicacia sobre mi posición, reconozco la extrema gravedad que revisten los delitos perpetrados por organizaciones terroristas en el Perú. De acuerdo con el Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) del Perú, Sendero Luminoso (SL) es responsable del 46% de los muertos y desaparecidos entre los años 1980 y 2000. Por lo tanto, ignorar que esta organización fue uno de los actores principales y uno de los mayores responsables de la violencia que azotó al Perú es nada más ni nada menos, en principio, falta de conocimiento de este valioso Informe de la CVR.
Si bien como justificación se aduce que en varios países de Europa, especialmente, en Alemania, la introducción de leyes negacionistas del Holocausto ha sido “exitosa” no resulta razón suficiente para la reforma que busca impulsar el Poder Ejecutivo. En el caso de Alemania, el régimen genocida nazi estaba en cabeza de quien era el jefe supremo del Estado y era una política de Estado del país. En el caso peruano, Sendero Luminoso y los grupos terroristas no formaban parte del gobierno. Por lo tanto, asimilar el caso peruano con el alemán es una tarea imposible: son dos presupuestos totalmente diferentes.
Otro punto que me parece llamativo de este proyecto de ley pena a quienes nieguen lo actuado por los grupos terroristas, pero no pena a quienes nieguen el terrorismo de Estado que practicó el ex Presidente Fujimori y sus escuadrones de la muerte. Por lo tanto, ¿son más terroristas los grupos subversivos y menos terroristas los que actuaron bajo órdenes impartidas por quienes gobernaban el país y asesinaron, por ejemplo, a los estudiantes de la Universidad de la Cantuta?
Algunos sectores, ¿podrán negar entonces los crímenes cometidos por el Grupo Colina sin castigo alguno?
Este no es un tema menor: tal como dice la última parte de la sentencia de la CIDH sobre Barrios Altos, firmada por el Juez Cançado Trindade: nunca debemos olvidarnos que el Estado fue originalmente concebido para la realización del bien común. El Estado existe para el ser humano, y no viceversa, y absolutamente ningún Estado puede creerse estar por encima del Derecho y de los derechos fundamentales de sus habitantes. El Grupo Colina formaba parte del aparato estatal y cometía crímenes al servicio del Estado, como parte de un plan sistemático y generalizado en contra de su población civil.
Me cuesta entender el razonamiento que lleva a esta decisión poco feliz de excluir el terrorismo de Estado del proyecto.
El tercer punto que quiero resaltar – y que es realmente muy breve- es considero que la libertad de expresión es inalienable y debe estar garantizada por el Estado. Perú, como Estado parte del sistema interamericano debe cumplir con los estándares regionales que garantizan la libertad de expresión de sus ciudadanos. Por tanto, hay que estar atentos con las obligaciones adoptadas por el país y tener muy en cuenta que existe una fina línea entre una ley negacionista y la censura.
El proyecto de ley pena a quienes nieguen lo actuado por los grupos terroristas, pero no pena a quienes nieguen el terrorismo de Estado. ¿Son más terroristas los grupos subversivos y menos terroristas los que actuaron bajo órdenes impartidas por quienes gobernaban el país y asesinaron, por ejemplo, a los estudiantes de la Universidad de la Cantuta?
¿Caza de brujas?
En caso de adoptarse esta ley, ¿se convertirá el país en una “caza de brujas”? Si alguien reivindica públicamente al obrar terrorista, ¿se televisará el juicio y se harán también juicios de valor en el horario central? ¿Detendrá realmente esta ley a quienes defiendan a Sendero Luminoso? Asimismo, ¿cómo se hará para ejercer la memoria si no podemos expresarnos con libertad?
Creo que sería un gran desacierto del gobierno actual – y de cualquier gobierno- caer en esta tendencia de populismo penal, que conlleva a una demagogia que en nada protegerá efectivamente a la sociedad.
La experiencia en el ejercicio del derecho penal nos ha demostrado que la imposición de penas o de penas más severas no necesariamente implica una mayor eficacia de una figura penal, ni obra como un preventivo para evitar la perpetración de un delito. Por lo tanto, siguiendo esta misma línea, considero que incorporar figuras negacionistas al Código Penal es una medida de populismo penal de dudosa eficacia, que no solucionaría un tema más profundo que está relacionado con el ejercicio de la memoria, que se debe traducir en la adopción – y el efectivo ejercicio- de políticas públicas concebidas con tal fin con miras a cumplir con la garantía de no repetición.
La única garantía de no repetir la historia es dándola a conocer - no tomando medidas para llenar las cárceles de quienes provocan públicamente o desconocen lo sucedido.
El Estado debe adoptar medidas que traspasen el ámbito penal: hablamos de políticas públicas transversales. Creación de organismos, secretarías y dependencias que tengan como tarea principal, la Memoria: que tengan a su cargo ejecutar parte de las acciones tendientes a la conservación y la concientización del terrorismo y de los más de 20 años de violencia política que azotó al país.
Esto también debería traducirse en, por ejemplo y entre miles de otros, reconocimiento público, capacitaciones para educadores y comunicadores, inauguración de museos, adopción fechas conmemorativas y días de reflexión, adopción de nombres de plazas y calles reivindicando a las víctimas, actos simbólicos, charlas gratuitas, spots, programas y especiales de televisión y en radio, y un lugar impostergable en las currículas escolares.
El ejercicio de la Memoria es vital para la Democracia, el Estado de Derecho y la defensa de los Derechos Humanos.
Perón: La proscripción, un ejemplo de distorsión histórica
En mi país, Argentina, la tesis negacionista no ha prosperado. Incluso, a pesar de haber sido presentado hace pocos años un proyecto negacionista sobre los crímenes cometidos durante el genocidio de Estado (1976-1983) éste no prosperó. Los que prosperan en todas las legislaturas son los demás proyectos: los relacionados con la Memoria y con el ejercicio de la misma.
Pero quería dar a conocer a modo ilustrativo otro ejemplo relacionado con la distorsión de la memoria histórica- algo a lo que apuntan las leyes negacionistas. Y en este caso tiene que ver con una ley de “proscripción” que rigió por 18 años en Argentina. Pero antes de avanzar a explayarme con respecto al tema, quiero dejar bien claro que Juan Domingo Perón fue tres veces Presidente del país, siempre elegido por voto democrático. Bajo ningún punto de vista fue un genocida, ni terrorista, sino más bien un estadista y un líder que aún hoy día, a casi 40 años de su muerte, se lo sigue añorando.
Pero el caso es que por 18 años nombrar a Perón-luego del golpe de Estado que lo derrocó en su segunda presidencia en 1955- estuvo prohibido. Una ley de la dictadura proscribió al peronismo y lo privó de de participar en las elecciones. Contempló también persecución de los militantes, la quema de libros, de fotos, de imágenes del ex Presidente Perón y de Evita, entre otras medidas que intentaron quitar valor a los avances conseguidos durante el período peronista.
Esta proscripción llevó a una difícil polarización entre peronistas y antiperonistas- es en esa época cuando nace un término común en el país para definir a los antiperonistas: “gorila”. Quienes defendían y apoyaban a Perón, a pesar de la ley, no dejaron de existir- lo seguían apoyando desde la clandestinidad-, a pesar de haber sido perseguidos, torturados y hasta asesinados. Muchos tuvieron que huir de Argentina por esta razón. Pero, quienes pudieron ‘resistir’ buscaron otros mecanismos y formas de organización para seguir apoyando a Perón, que estaba exiliado en España. Esta proscripción dejo de ser legal en 1972, por orden del entonces presidente de facto Lanusse. Esto abrió el camino para que Perón regresara al país y se convirtiera por tercera vez en Presidente constitucional de la Nación.
Más allá de las consideraciones políticas de una parte o de otra, esa ley de proscripción además de ser inconstitucional buscaba algo que jamás se logró: negar una importante parte de la historia argentina y crear una memoria “selectiva” sobre lo sucedido en el país. Juan Domingo Perón y a Eva Perón, con sus aciertos y desaciertos, son una parte importante de la historia de mi país.