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buen día.- si de acuerdo con

buen día.- si de acuerdo con todo.- a mi entender se ha hecho una mezcla de lo público con lo privado. por decir, lo pùblico es el brindar los servicios publicos ( salud, educaciòn, luz, agua, carreteras, etc.) y lo privado son las relaciones entre particulares. los impactos ambientales tienen efectos en lo publico ( contaminaciòn de agua y otros) y lo privado ( lo que impacta en los colindantes, por decir: es necesario contar con servidumbres de paso en terrenos privados, requiere de un acuerdo privado). el Estado debe cumplir funciones de facilitador, conciliador o juez o arbitro, tratándose de controversias privadas, para ello debe ser imparcial. para lo primero debe cumplir su función, cual es, la de servir o dar servicios publicos a la población. se ha mezclado conceptos, ya que a la entidad privada se le pide lo que debe dar el Estado y cumplimiento de acuerdos privados. por ello, se han dado casos que las empresa mineras y las comunidades han transigido sobre temas publicos, como por ejemplo el agua, y que el incumplimiento de pactos privados ocasiona que lo transigido sea desconocido. el Estado es quien brinda los servicios, con los impuestos que se recaudan. ¿ porqué las empresas deben dar luz, alcantarillado, colegios, postas y demás a la comunidad, si pagan impuestos? por un tema de responsabilidad social? no, es esa obligación del Estado. ahora bien, si como consecuencia de un impacto ambiental se ocasiona un daño debe resarcirse, en esta medida puede bien negociarse el dar determinados servicios compensatorios, lo que supondria que el Estado previamente haya determinado que se ha ocasionado un daño resarcible.
los servicios publicos son para todos, ciudadanos y entidades privadas, porque no asociarse para exigir al estado que otorgue los servicios publicos necesarios, SI TODOS PAGAMOS IMPUESTOS (DIRECTA O INDIRECTAMENTE)?.

Entrevista